Durante un tiempo fue legal despedir a un trabajador que se ausentaba repetidamente del trabajo por enfermedad. Esta norma fue derogada el año pasado. Ya no puedo despedirte porque estás enfermo. Ahora bien, existen otros motivos por los que el absentismo puede ser sancionado con el despido, ¿quieres saber cuáles? Te lo contamos en este artículo.
Cuando puedo despedirte por falta de trabajo
Por mucho que intentes justificarlo, si está ausente del trabajo por un motivo no previsto por la ley servicio o en su acuerdo, será una ausencia injustificada. Y como tal, puedo despedirte por ese motivo. Si la ausencia es puntual se puede acordar con la empresa la recuperación de horas, por ejemplo. Pero si vuelve a suceder, constituirá causal de despido disciplinarioes decir, de
Según lo dispuesto por la ley no. artículo 54 del Estatuto de los Trabajadoresuna de las causales en las que se puede fundar un despido disciplinario es la «falta reiterada e injustificada de asistencia o puntualidad».
La ley ya no ampara el despido por faltas justificadas al trabajo
El pasado mes de febrero quedó derogado el controvertido artículo 52 d del Estatuto de los Trabajadores, que limitaba el derecho a la baja laboral. Si durante dos meses consecutivos has perdido más del 20% del día, aunque sea por enfermedad, Puedo despedirte por razones objetivas.. Hoy en día eso ya no es así. Esta norma fue aprobada como parte de la reforma laboral de 2012 y su derogación fue una de las promesas cumplidas por el actual gobierno.
Detrás de esta derogación está también el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que solicitó, a través de una sentencia, la corrección de este artículo. Esa fue la razón Violó el derecho a la no discriminación por motivos de discapacidad., lo que entra en conflicto con una de las directivas de la Comisión Europea. Además, este artículo fue denunciado porque perjudicaba especialmente a los discapacitados, a las mujeres y a los ancianos.
¿Qué derechos de vacaciones también están protegidos por el despido?
Hay una serie de ausencias justificadas donde, independientemente de los días perdidos, no puede constituir motivo de despido objetivo. Estos son los siguientes:
- de huelga enlace
- Porque Representación legal por los trabajadores
- Causado por un accidente laboral
- Ausencias de vacaciones maternidad y paternidad
- de riesgo durante el embarazo y lactancia
- Porque enfermedades causadas por el embarazoparto o lactancia
- Licencias y vacaciones
- Motivado por enfermedad o lesión fuera del trabajo con un que dure más de veinte días consecutivos
- Falta de presencia en el trabajo por problemas físicos o mentales. resultados de la violencia de genero
- Porque tratamiento para el cáncer u otras enfermedades graves