¿Cómo te afectará la Ley de Trabajo a Distancia?

La nueva ley de trabajo remoto, o como se la conoce popularmente, ley de teletrabajo, fue aprobada la semana pasada por el gobierno Proporcionar a las empresas y a los trabajadores un marco regulatorio. por lo que ya es un método de implementación creciente en las empresas. ¿Qué derechos garantiza a las partes implicadas?

Tras el acuerdo en la mesa de negociación que reunió a la representación de los principales sindicatos y organizaciones empresariales con la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, llega la ley de teletrabajo.rige la situación en la que se encuentran la mayoría de las personas que trabajan con ordenadores como herramienta fundamental para el desarrollo de sus tareas. La crisis sanitaria ha elevado el número de personas que trabajan en remoto (que era del 7% en 2019) hasta el 37%. Incluso si la ley no está dirigida a ellos.

Si solo trabajas desde casa los viernes, no estás teletrabajando

Según el Real Decreto Ley 28/2020, de 22 de septiembre, se considera persona trabajadora trabajar remotamente regularmente cuando, en un plazo mínimo de tres meses (o el porcentaje proporcional si se trata de un contrato de duración determinada), hayan realizado el 30% de su jornada de trabajo a distancia. Este fue uno de los principales obstáculos que encontró la negociación. Con el tiempo, la comunidad empresarial pudo crecer. el porcentaje de horas trabajadas a distancia, de modo que hasta un 30% puede considerarse trabajo a distancia, es decir, dos días a la semana. En el proyecto presentado por el Gobierno bastaba con trabajar desde casa el 20% del día.

Uno de los requisitos que establece la Ley de Teletrabajo es la firma de un documento, el contrato de trabajo remoto donde periódicamente se especificarán las características del trabajo remoto. Debe aparecer en este texto. inventario de medios y herramientas necesarios para su ejecución, enumerando los gastos en que incurre el trabajador y cómo serán compensados, el horario, el centro de trabajo, los plazos de preaviso de reversibilidad, las formas y medios de control de la empresa, entre otros. . Este El acuerdo se firmará antes de que comience el trabajo remoto. y deberá contar con la aprobación de todas las partes, de los representantes de los trabajadores y de la empresa.

Tu trabajo desde casa

El trabajo remoto será voluntario y reversible

El Real Decreto tiene como objetivo garantizar los siguientes derechos a los trabajadores a distancia, incorporando parte del desarrollo del artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores. Principalmente sobre estos temas.

-Será voluntaria y reversible. El trabajo a distancia será una decisión voluntaria del trabajador y de la empresa. Si el empleado no se adapta a esta forma o la rechaza, este no puede ser motivo de despido. Además, debido al carácter reversible de esta modalidad, se podría volver al trabajo personal, según la norma, manteniendo las condiciones anteriores.

-Garantizar formación y avance profesional idénticos. Las personas que adopten el teletrabajo lo tendrán los mismos derechos a la formación y a la promoción profesional en comparación con sus compañeros que practican personalmente.

-Correcto para desconexión digital. Uno de los riesgos para la salud del teletrabajo tiene que ver con la dificultad para desconectar. La facilidad de estar constantemente disponible que ofrecen las comunicaciones digitales choca con la conciliación. La ley lo permite Limitar la comunicación a través de medios tecnológicos de la empresa al trabajador.. A este respecto, seguirá siendo se requiere registro diario que se implementó en 2019 para prevenir el abuso de jornada laboral.

Otros derechos como seguir un horario adecuado Oh horario flexible al reconciliarse también están protegidos.

El teletrabajo por el Covid no traerá beneficios

Sin embargo, esta ley No se aplicará a todos aquellos que trabajen en remoto En este punto. Aquellas empresas que optaron por este tipo de trabajo Obligados por la crisis sanitaria, no tendrán que acogerse a esta medida. Se seguirá la normativa ordinaria de trabajo que también prevé que la empresa corra con los gastos derivados del trabajo a distancia, aunque ni la anterior ni ésta definen qué tipos de gastos están cubiertos y cuáles no. dejando la puerta abierta a la negociación colectiva o, en su defecto, a un litigio.